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Guía completa

La reforma laboral trajo cambios significativos en varias modalidades de contratos de trabajo. Al incorporar a un nuevo empleado, las empresas deben seleccionar el contrato más adecuado según las características del trabajador y el puesto. Por ello, es crucial conocer las diferentes modalidades de contratos, sus particularidades y requisitos.

Puntos clave

  • Un contrato laboral es un acuerdo entre una empresa y un empleado que establece las condiciones de la relación laboral.
  • Existen contratos de formación que benefician tanto a empleadores como a trabajadores.
  • La reforma laboral de 2022 introdujo varias modificaciones en los tipos de contratos laborales.

¿Qué es un contrato laboral?

Un contrato laboral es un acuerdo, verbal o escrito, entre empleador y trabajador que define los derechos y responsabilidades de ambas partes al inicio de una relación laboral, la cual puede ser indefinida o temporal. Es un documento fundamental que establece las condiciones bajo las cuales se regirá dicha relación profesional.

Tipos de contratos de trabajo

El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) clasifica los contratos en cuatro categorías principales:

  • Contrato indefinido.
  • Contrato temporal.
  • Contrato de formación en alternancia.
  • Contrato formativo para la obtención de práctica profesional.

Cada una de estas categorías tiene diferentes subtipos con características específicas. A continuación, se describen los principales.

1.Contrato indefinido

Este contrato no tiene una duración previamente establecida, ofreciendo estabilidad tanto al trabajador como a la empresa. Se espera que el empleado mantenga un compromiso continuo, mientras que la empresa debe garantizar condiciones laborales adecuadas, ajustadas al marco legal en cuanto a salario, horas y entorno laboral.

Modalidades de contratación indefinida.

Existen más de 10 subtipos de contratos indefinidos. Algunos ejemplos son:

  • Contrato indefinido, a jornada completa o parcial, según las horas pactadas.
  • Contrato fijo discontinuo, común en empresas con actividades estacionales.
  • Contrato para desempleados de larga duración.
  • Contrato a distancia indefinido, donde el trabajador realiza sus tareas fuera de su lugar habitual de trabajo.
  • Contrato para familiares de trabajadores autónomos.

Estos son solo algunos ejemplos de contratos indefinidos, pero no los únicos.

Contrato temporal A diferencia del indefinido, un contrato temporal tiene una duración limitada, ideal para cubrir necesidades específicas de personal durante un período determinado. Es crucial que estas necesidades estén justificadas para emplear esta modalidad, ya que la tendencia es favorecer los contratos indefinidos. La reforma laboral de 2022 limitó los casos en los que es posible celebrar contratos temporales.

2. Modalidades de contratación temporal.

Los tipos más comunes de contratos temporales son:

  • Contrato por circunstancias de la producción, usado para cubrir incrementos temporales de demanda o trabajo estacional. Tiene una duración máxima de 6 meses, ampliable a un año según convenio colectivo. El trabajador recibe indemnización al final del contrato.
  • Contrato por sustitución, para reemplazar temporalmente a un empleado por motivos como baja por paternidad o maternidad. La reforma laboral permitió que el sustituto inicie hasta 15 días antes de que el titular cese su actividad.

3. Contrato de formación en alternancia: Este contrato, también conocido como de aprendizaje, permite al trabajador combinar estudios con una actividad laboral remunerada. Es aplicable a estudios universitarios, formación profesional y otras especialidades del Sistema Nacional de Empleo. Entre sus características:

  • La duración mínima es de 3 meses y la máxima de 2 años.
  • Durante el primer año, el tiempo de trabajo no debe superar el 65% de la jornada máxima, y el 85% durante el segundo año.
  • No se permiten horas extraordinarias, complementarias, nocturnas ni por turnos, salvo en casos de fuerza mayor.
  • Las empresas pueden beneficiarse de reducciones en las cuotas a la Seguridad Social, especialmente si tienen menos de 250 empleados.

4. Contrato formativo para la práctica profesional.

Este contrato se destina a trabajadores que han finalizado sus estudios, y su objetivo es permitirles desarrollar sus habilidades en relación con su formación académica. Debe celebrarse dentro de los 3 años posteriores a la finalización de los estudios, o 5 años en el caso de personas con discapacidad. Algunas características:

  • Su duración oscila entre 6 meses y 1 año.
  • Puede ser a jornada completa o parcial.
  • Los trabajadores pueden realizar horas complementarias, pero no extraordinarias.
  • También existen incentivos para la contratación en esta modalidad.

Otros términos y conceptos.

Es común usar otros términos para referirse a los contratos. Algunos de los más habituales son:

  • Contrato en prácticas: se refiere tanto a los contratos de formación en alternancia como a los de práctica profesional.
  • Contrato de becario: aunque no es un contrato laboral, es un convenio entre tres partes: la empresa, el estudiante y el centro educativo.

¿Cómo elegir el contrato más adecuado?

Los profesionales de Recursos Humanos pueden tener dudas sobre qué contrato utilizar en cada caso. Algunas recomendaciones son:

  • El contrato indefinido es ideal para empresas que necesitan personal a largo plazo.
  • Para contrataciones temporales por incremento de la demanda, el contrato temporal es una buena opción.
  • Para sustituciones, el contrato temporal de interinidad es el más adecuado.
  • Los contratos de formación son apropiados cuando la empresa desea ayudar a jóvenes a adquirir experiencia profesional, con la ventaja de obtener reducciones en las cuotas de la Seguridad Social.

Cambios recientes en los contratos de trabajo Desde la reforma laboral de 2022, se han producido varios cambios importantes:

Se han endurecido las sanciones por uso indebido de contratos temporales, con un mayor control sobre ellos..

El uso de contratos indefinidos ha aumentado debido a la restricción de los contratos temporales.

Desapareció el contrato temporal por obra y servicio.

Se consolidaron las dos modalidades de contratos de formación.

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